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Disposiciones aduaneras

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Lo que debe tener en cuenta cuando transporte tabacos y bebidas alcohólicas, todas las exenciones aduaneras y cantidades libres de impuestos para viajeros de un vistazo

 

Entrada en Austria desde un estado miembro de la Unión Europea

(Bélgica, Bulgaria, Dinamarca, Alemania, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Gran Bretaña, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Holanda, Polonia, Portugal, Rumanía, Suecia, Eslovaquia, Eslovenia, España, la República Checa, Hungría y Chipre):

Básicamente no se realizan controles aduaneros, aunque en cualquier momento es posible que se lleven a cabo inspecciones aleatorias.
En un vuelo directo (sin escala intermedia en un país tercero) desde un estado de la UE a otro estado de la UE se puede utilizar la salida para viajeros de la UE. Si el comienzo del viaje tiene lugar fuera de la UE y antes de la entrada en Austria se efectúa una sola escala intermedia/escala en tránsito en otro país de la UE, serán de aplicación las disposiciones para viajeros de países terceros.

Cantidades exentas

Cantidades exentas destinadas al propio consumo para su importación en Austria desde los países de la UE:

  • Cigarrillos: 800 unidades
  • Puritos (máximo 3 gramos de peso por unidad): 400 unidades
  • Cigarros: 200 unidades
  • Tabaco de pipa: 1 kilogramo
  • Bebidas alcóholicas: 10 litros
  • Vino (de los cuales máx. 60 litros de vino espumoso): 90 litros
  • Cerveza: 110 litros
  • Las compras libres de impuestos ya no son posibles en los trayectos directos dentro de la UE.


Atención: para las labores del tabaco procedentes de los nuevos estados miembros de la UE Estonia, Letonia, Lituania, Polonia, Eslovaquia, Eslovenia, República Checa y Hungría rigen cantidades exentas reducidas.
Respecto de Rumanía y Bulgaria no son de aplicación las cantidades exentas reducidas.

Entrada en Austria desde un estado no perteneciente a la Unión Europea (países terceros)

Las cantidades exentas y franquicias respecto de mercancías procedentes de países terceros (cantidades máximas para la importación libre de impuestos en Austria desde países terceros de mercancías destinadas al consumo personal o al regalo):

  • Labores del tabaco (por persona a partir de 17 años):

    • 200 Cigarrillo o
    • 100 Puritos (máximo 3 gramos de peso por unidad)o
    • 50 Cigarros o
    • 250 gramos de tabaco de pipa o
    • una composición proporcional de estos artículos

  • Bebidas alcóholicas (por persona a partir de 17 años):

    • 1 litro de espirituosos con grado alcohólico superior al 22%
    • 2 litros de espirituosos, aperitivos derivados de la uva, alcoholes, sake o similiares con un grado alcohólico máximo del 22%; espumosos, licores o una composición proporcional de estos artículos
    • y 2 litros de vino

  • 50 gramos para perfumes y 0,25 litros de agua de colonia
  • Medicamentos para el uso personal durante el viaje
  • Otras mercancías distintas de las anteriores hasta un importe total de 175 euros por persona


Las franquicias concedidas a los viajeros no son acumulativas entre éstos.

Equipo de viaje

Los equipos de viaje destinados al uso personal de los viajeros durante su estancia pueden ser importados libres de impuestos y sin necesidad de ser declarados a la entrada en Austria, siempre que no existan prohibiciones a la importación  (tratándose de mercancías nuevas, como equipos fotográficos, deberá acompañarse justificante de compra).

Control de la circulación de dinero en efectivo

Desde el 15 de junio de 2007 se encuentra en vigor la ordenanza relativa al control de la entrada y salida de efectivo en la UE. En consecuencia, los viajeros que entren en la Comunidad o salgan de ella deberán declarar ante las autoridades aduaneras los siguientes importes que lleven consigo:

  • dinero en efectivo cuyo importe sea mayor o igual a 10.000 EUR
  • su contravalor en otras monedas
  • u otros valores fácilmente convertibles (como cheques expedidos a favor de terceros, por ejemplo).


El objetivo de esta iniciativa en el ámbito de la UE es impedir la circulación ilegal de dinero a los efectos de prevenir la comisión de actos ilícitos como el lavado de dinero o la financiación del terrorismo.

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